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Cámara aprueba texto básico del nuevo marco fiscal por 372 votos contra 108; La votación para Highlights es el miércoles

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El pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en la noche de este martes (23), por 372 votos contra 108, el texto básico del proyecto de ley complementario que trata de la nuevo marco fiscal (PLP 93/2023) – norma que reemplaza el tope de gasto.

Los parlamentarios aún deben analizar los puntos destacados del banco con sugerencias para cambios en el texto votado. Hasta ahora, solo se ha votado uno de los destaques, de autoría de la Federación PSOL-Rede, que pretendía eliminar del texto el capítulo que trataba de las prohibiciones de gasto impuestas al gobierno federal en caso de incumplimiento de la meta fiscal (los llamados “triggers”).

Vea cómo votó cada diputado en el texto base.

La suplencia, de autoría del ponente, el diputado Cláudio Cajado (PP-BA), trae cambios con relación a la versión distribuida por el ponente la semana pasada. En el nuevo texto ya no hay un dispositivo que garantice al gobierno un crecimiento del gasto público del 2,5% para 2024, descontada la inflación.

O patamar seria o máximo da banda de evolução de gastos previsto na regra (que vai de 0,6% a 2,5%) e havia sido visto como uma espécie de “colher de chá” concedida ao governo para inflar o Orçamento do ano siguiente.

En medio de críticas de parlamentarios y agentes económicos, Cajado aportó una solución de término medio al nuevo texto, buscando contemplar un mayor espacio para los gastos en relación a lo que prevé la regla regular del marco fiscal, pero en menor proporción que la señalada en el primer reemplazo.

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La nueva versión establece que, luego de la publicación de la segunda evaluación bimestral de ingresos y gastos primarios en mayo de 2024, si los ingresos verificados indican que se han superado las expectativas, el gobierno puede generar créditos complementarios a razón del 70% de la diferencia en relación con lo realizado en el año anterior más allá del límite de gasto establecido.

No obstante, si al final del período se verifica que la proyección de ingresos se ha frustrado, será necesario deducir los montos de la partida presupuestaria del año siguiente y corregir la base de cálculo del excedente no realizado.

El texto, por su parte, no trajo cambios en relación a las excepciones a la regla que aparecían en la primera versión de la sustituta presentada la semana pasada. Frente al texto enviado por el gobierno, en el gasto se incluyeron gastos con capitalización de empresas estatales, transferencias relacionadas con el piso de enfermería y transferencias del Fondo para el Mantenimiento y Desarrollo de la Educación Básica y Valorización de la Enseñanza (Fundeb). límite. .

También se incluyen en la cuenta los gastos sindicales relacionados con la organización y mantenimiento de los cuerpos de policía y bomberos del Distrito Federal, además de cualquier ayuda financiera a la entidad subnacional para la ejecución de servicios públicos, a través de su propio fondo.

El reemplazo de Cláudio Cajado, a pesar de los cambios, mantuvo la “columna vertebral” de la norma adelantada por el gobierno. El texto mantiene la combinación de dos grandes reglas fiscales: 1) meta de resultado primario anual; y 2) límite de gastos.

El gobierno del presidente Luiz Inácio Lula da Silva (PT) estableció compromiso de déficit de 0,5% del Producto Interno Bruto (PIB) en 2023, saldo en el año siguiente y superávit de 0,5% y 1% en 2025 y 2026 , respectivamente. Durante el período, el intervalo de tolerancia establecido fue de 0,25 puntos porcentuales hacia arriba o hacia abajo.

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El marco fiscal limita el crecimiento anual del gasto público a un rango de 0,6% a 2,5% por encima de la inflación. Según la propuesta, los gastos crecerán a razón del 70% de la evolución real de los ingresos del año anterior, siempre que se respeten los límites mínimo y máximo de la banda establecida.

En caso de incumplimiento del límite inferior de la meta de resultado primario en el año anterior, los gastos sólo podrán crecer a razón del 50% de los ingresos en el año siguiente, respetando el piso del 0,6% y el techo del 2,5%. , inflación descontada medida por el Índice de Precios al Consumidor Ampliado (IPCA), medido por el Instituto Brasileño de Geografía y Estadística (IBGE).

Buscando atender las demandas de las bancadas partidistas, el relator incluyó “disparadores” que debe accionar el gobierno en caso de incumplimiento de la meta de resultado primario establecida, retomó la necesidad de las contingencias previstas en la Ley de Responsabilidad Fiscal (LRF ) si se observa divergencia en cuanto a los objetivos, trajo parte de los parámetros cuantitativos de la norma al texto mismo y redujo el número de excepciones a la norma.

Si el resultado primario alcanzado por el gobierno en un ejercicio fiscal es inferior al límite mínimo del intervalo de tolerancia meta, además de la limitación para el crecimiento real de los gastos en un 50% de los ingresos, o 0,6% real (el que sea mayor) , la sustitución del marco fiscal requiere la aplicación inmediata de los siguientes “disparadores” para controlar la dinámica del gasto público:

En el primer año de incumplimiento, se aplican las siguientes prohibiciones ya previstas en la Constitución Federal:

1) Creación de un puesto, trabajo o función que implique un aumento de gastos;

2) Cambio en la estructura de carrera que implique un aumento de gastos;

3) Creación o incremento de ayudas, ventajas, gratificaciones, bonificaciones, asignaciones de representación o beneficios de cualquier naturaleza, incluidos los de carácter indemnizatorio, a favor de los miembros del Poder, del Ministerio Público o de la Defensoría Pública y de los servidores y empleados públicos y del personal militar, o incluso de sus dependientes, salvo que se derive de sentencia judicial firme o determinación judicial anterior al inicio de la aplicación de las medidas;

4) Concesión o ampliación de incentivos o beneficios fiscales.

Si el resultado por debajo del límite inferior del objetivo principal se produjese por segundo año consecutivo, la aplicación inmediata, mientras subsista el incumplimiento, de las demás prohibiciones previstas en el art. 167-A de la Constitución Federal:

5) Concesión, a cualquier título, de ventaja, aumento, reajuste o adecuación de la remuneración de miembros del Poder u organismo, servidores y empleados públicos y militares, salvo las derivadas de sentencia judicial firme o determinación judicial anterior al inicio de la solicitud. de las medidas;

6) La admisión o contratación de personal, a cualquier título, con excepción de: a) la reposición de cargos directivos y gerenciales que no impliquen aumento de gastos; b) los reemplazos derivados de vacantes en cargos efectivos o vitalicios; c) nombramientos temporales, salvo en los casos de necesidad temporal de excepcional interés público; d) la reposición de trabajadores temporales para la prestación del servicio militar y estudiantes de cuerpos de formación militar;

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7) Realización de concurso público, salvo reposición de vacantes;

8) Creación de gastos obligatorios;

9) Adopción de una medida que implique reajuste del gasto obligatorio por encima de la variación de la inflación, observando la preservación del poder adquisitivo; Es

10) Creación o ampliación de programas y líneas de financiación, así como condonación, renegociación o refinanciación de deudas que impliquen un incremento de gastos con subvenciones y ayudas.

Pero el informe también abre la posibilidad de que, en estos casos, el Presidente de la República envíe un mensaje al Congreso Nacional, acompañado de un proyecto de ley complementario que proponga la suspensión parcial o gradación de las prohibiciones previstas, demostrando que el impacto y la duración de las medidas adoptadas será suficiente para compensar la diferencia entre el resultado primario calculado y el límite inferior del intervalo de tolerancia objetivo indicado.

El gasto relacionado con el reajuste del salario mínimo derivado de los lineamientos instituidos en la ley de valorización, cuyo proyecto aún se encuentra en trámite en el Poder Legislativo, se encuentra fuera de cualquier mecanismo de control. Tal flexibilidad “ata” casi 1/3 del Presupuesto, lo que dificulta que el gobierno federal realice ajustes. Las prohibiciones tampoco se aplican en situaciones de calamidad pública a nivel nacional.

El suplente también determina que el nivel mínimo de gastos discrecionales necesarios para el normal funcionamiento de la administración pública no podrá fijarse en un límite inferior al 75% del monto autorizado en la ley presupuestaria respectiva.

Como regla general, la programación de las inversiones públicas incluidas en el Proyecto de Ley Anual de Presupuesto (PLOA) no será inferior al monto equivalente al 0,6% del Producto Interno Bruto (PIB) estimado en el período respectivo.

En este caso, se trata de inversiones propiamente dichas y de inversiones financieras, cuando el gasto se destine a programas de vivienda que tengan entre sus objetivos la provisión subvencionada o financiada de viviendas nuevas o usadas en zonas urbanas o rurales.

También forma parte del dispositivo sustitutivo que prevé que, en caso de que el resultado primario exceda el límite superior del intervalo de tolerancia de la meta establecida, el gobierno federal podrá aumentar los gastos.

En este caso, sin embargo, el ponente fijó un tope del 70% para este aumento, que puede destinarse a inversiones, principalmente para obras inacabadas o en curso, y para inversiones financieras. Siempre que no se calcule el déficit primario en ese ejercicio.

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En la propuesta original, había solo un límite para el “bono” de inversión fijado en BRL 25 mil millones por año entre 2025 y 2028, lo que corresponde a poco más de 1/3 del Presupuesto reservado para este rubro en 2023 (BRL 71 mil millones).

Y los aumentos de gastos por exceder el objetivo no se incluyen en la contabilización del importe mínimo de gastos de los años siguientes.

El suplente también determina que la ampliación de las asignaciones presupuestarias no puede exceder, en ningún caso, el monto de hasta 0,25 pp del PIB del ejercicio fiscal anterior a la elaboración de la LOA (que hoy gira en torno a R$ 25 mil millones).

Debate en Pleno
En la fase de discusión plenaria, los diputados mostraron preocupación por mantener las políticas públicas tras la aprobación del marco fiscal. Los miembros de la base, sin embargo, destacaron la importancia del mecanismo para equilibrar las cuentas públicas y los dispositivos en el texto que preservarían los programas fundamentales del gobierno.

El diputado Alencar Santana (PT-SP), quien es líder adjunto del gobierno en la casa legislativa, destacó el compromiso con el aumento real del salario mínimo y con la Bolsa Família, que no fueron garantizados bajo el régimen de tope de gasto.

“Es un nuevo marco fiscal y social, porque garantiza políticas públicas fundamentales para nuestro país. Tenemos la garantía de que Fundeb no va a disminuir y tenemos la garantía de una inversión mínima”, dijo.

El diputado Odair Cunha (PT-MG) afirmó que el texto de Cajado es el equilibrio entre las diferentes opiniones de la Cámara. “No podemos, en busca de un texto que sea grande, caer en lo peor, que es el techo de gasto”, dijo. Dijo que la propuesta garantiza la estabilidad económica, la previsibilidad y la credibilidad.

El diputado Pedro Paulo (PSD-RJ) destacó que la estrategia de la regla fiscal es la de un Estado que tendrá más participación en la economía con políticas públicas. “Entendiendo que el gasto crecerá, ¿cómo podemos disciplinar este gasto? Crear ciertos disparadores, reducir exclusiones y poner límites”, destacó. Afirmó que la propuesta permitirá llevar a cabo políticas de reducción de la pobreza.

Fundeb
Muchos diputados, por otro lado, destacaron su preocupación con la inclusión de Fundeb dentro de los límites de la meta. La complementación del fondo por parte del gobierno federal se limitaría al cumplimiento de la meta.

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Para el diputado Chico Alencar (Psol-RJ), es un nuevo régimen para reducir inversiones. “Es un régimen de adelgazamiento de las políticas públicas. ¿Limitar el gasto del 0,6% al 2,5% no es un techo?”, cuestionó. Para él, aunque Fundeb no tenga pérdidas, los recursos serán retirados de otras políticas públicas.

El diputado Tabata Amaral (PSB-SP) también criticó la inclusión de Fundeb en la meta. “Poner a Fundeb bajo techo es transformar la educación, que debería ser una prioridad, en exactamente lo contrario”, dijo. Defiende que el complemento de la Unión al fondo se incluya en las excepciones de la propuesta.

techo de gastos
Para algunos diputados, lo ideal es el modelo de techo de gasto. El diputado Marcel van Hattem (Novo-RS) afirmó que el nuevo régimen fiscal “fomentará el gasto”. “Es un cheque en blanco para que el gobierno gaste el dinero de la gente”, dijo.

El líder de la oposición, el diputado Carlos Jordy (PL-RJ), también criticó la medida. “Antes teníamos el techo de gasto, ahora estamos creando el piso de gasto”, señaló.

(con la Agencia Câmara de Notícias)


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